sábado, 21 de abril de 2018

SENTENCIA T-063/14



DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL
 Su finalidad es facilitar el cumplimiento de las funciones y responsabilidades propias de quienes promueven y protegen los derechos e intereses de la organización colectiva y sus miembros. 
         PERMISO SINDICAL
Es un derecho cuyos titulares son los Dirigentes Sindicales y Delegados Sindicales, que les permite interrumpir sus funciones laborales, con el objeto preciso y determinado de cumplir con las tareas propias, de la representación de los trabajadores que conforman el Sindicato, fuera del lugar de prestación de los servicios.






MARISOL BAQUERO CÁRDENAS



http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/t-063-14.htm

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1998/T-322-98.htm









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