La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos. se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos”
Los “principios democráticos” constituyen según la Corte Constitucional, los “principios rectores de una Sociedad democrática tienen un alcance extenso. como manifestación del “traslado de la Democracia desde el ámbito del Estado hacia la Sociedad” , son la razón de ser esencial y límite de sujeción de la estructura y el funcionamiento de los sindicatos, están constituidos esos “principios democráticos” por los valores fundantes o principios Constitucionales que irradian toda la Sociedad Colombiana, incluyendo la Sindical.
Los “principios democráticos” consagrados en la Constitución a los cuales “se sujetarán” las organizaciones sindicales por mandato del artículo 39 Constitucional, son:
- marco jurídico democrático y participativo ;
- transparencia, objetividad, moralidad, equidad de género y Programas
- pluralismo y solidaridad ;
- participación de todos en las decisiones que los afecten ;
- soberanía en los Trabajadores y poder en los Trabajadores ;
- igualdad y no discriminación por razones de sexo, raza u opinión política; igualdad del hombre y la mujer ;
- libertad de conciencia y de opinión ;
- respeto al Debido Proceso, el derecho de defensa, la presunción de inocencia y la doble instancia, entre otros.
Los principios revolucionarios de libertad, igualdad y fraternidad, intrínsecos a toda democracia, no solo son formas políticas y sociales. Las instituciones por sí solas no operan transformaciones; son los individuos que conforman esta sociedad los que deben motivar cualquier tipo de cambio. Cuando no ejercen la democracia en todas sus manifestaciones, se convierten en reclutados, en espectadores de una sociedad en donde unos escogidos son tutelares de derechos y los demás, de deberes (Bobbio, 1997)
Marisol Baquero Cárdenas
http://publicaciones.ucatolica.edu.co/pdf/libertad-sindical.pdf