NEGOCIACIONES MÚLTIPLES SINDICATOS
Como primera medida cabe resaltar que el art 39 de la
constitución política consagra: “Los trabajadores y empleadores tienen
derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su
reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de
constitución.
La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y
organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los
principios democráticos...”.
Esto permite ratificar que exístela garantía para todo
trabajador o empleador que pueda agruparse de manera libre en sindicatos o
asociaciones con el fin de defender sus interés, esto significa que el estado
da la potestad de conformar o pertenecer a uno o varios
sindicatos que busquen el bien común dentro del marco de las
relaciones laborales.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Gobierno reglamenta
los aspectos principales para motivar la unidad de negociación y busca
fortalecer el movimiento sindical dentro de los derechos constitucionales y el
código sustantivo del trabajo, teniendo en cuenta la jurisprudencia de la corte
constitucional y los lineamientos de la comisión de expertos de la
OIT, en lo que hace referencia a la negociación colectiva.
En Colombia actualmente, el tema de la Asociación Sindical es
bastante controversial; pues se encuentra con dos alternativas las cuales hacen
referencia a: la primera, ser ajeno a las problemáticas sociales de derecho
laboral, opinando pero desde una perspectiva alejada y no practicante y por
otro lado la de pertenecer a los movimientos sindicales siempre y cuando se
pertenezca a una empresa del estado, pues es muy bajo reconocer movimientos
sindicales a pequeñas o medianas empresas.
Según Julio Roberto Gomez presidente de la Confederación General
de Trabajo (CGT) dice: “Nos han asociado con organizaciones subversivas,
también las conductas antisindicales hicieron que varios trabajadores perdieran
su empleo por pertenecer a una organización laboral”.
Sin embargo, los sindicatos denuncian que desde los años 70 la
lucha en su contra ha favorecido la disminución en el número de integrantes en
las organizaciones. Hoy, la tasa de sindicalización del país es de cinco por
ciento, en promedio, mientras que en otras naciones es mayor al 25 por ciento.
“El movimiento va en decadencia desde el punto de vista de crecimiento, porque
el modelo económico que existe, acompañado de una política laboral desarrollada
por los empresarios, ha hecho que el sindicalismo se considere un factor de
conflicto y no una institución democrática”, afirma Luis Alejandro Pedraza,
presidente de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia (CUT).
www.elempleo.com/colombia/...sindicalismo...------------------------------...Colombia es
uno de los países con menor sindicalización en la región latinoamericana.
Volviendo a nuestro tema, la negociación entre los sindicatos
múltiples y el estado han generado normas como herramientas jurídicas las
cuales las Organizaciones Sindicales deben tener en cuenta para
presentar su pliego de peticiones y entrar a la etapa de negociación con el
empleador ;alcanzando así una unidad de negociación; mediante una mesa de
negociación y una comisión negociadora.
Fernanda Martinez
Bibliografía:
EL TIEMPO. (2014). El ejercicio del sindicalismo en Colombia [Video]. BOGOTA, COLOMBIA.
No hay comentarios:
Publicar un comentario